Documentación de la moto: ¿qué papeles hay que llevar?

¿Sabes qué documentos has de llevar encima si circulas en moto?
Según un reciente informe, siete de cada diez motoristas no saben qué documentación tienen que portar cuando circulan.

A continuación, te indicamos los documentos que hay que llevar, así como la forma de hacerlo.

Documentación obligatoria que tienes que llevar

  • Carnet de conducir. Se trata del documento que acredita que se puede llevar la moto.
    De esta forma, no portarlo puede suponer una sanción de 10 euros, llevarlo con datos erróneos, sin haber actualizado toda la información (como, por ejemplo, la dirección), 80 euros, caducado 200 euros, y circular sin permiso puede costar una sanción de 500 euros además de la pérdida de cuatro puntos.
  • Permiso de circulación. En este documento se muestran algunos datos relativos a la moto como la matrícula, la fecha de la primera matriculación, la marca, el modelo y número de bastidor, etc.
    No llevar encima el permiso de circulación acarrea una multa de 10 euros, y si el vehículo carece de él la sanción puede ascender a los 500 euros.
  • Tarjeta ITV. Con dicha tarjeta se demuestra que la moto ha superado favorablemente la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). No llevarla supone una multa de 10 euros, y circular sin haberla pasado acarrea una multa económica de 200 euros e incluso la inmovilización del vehículo.

Documentación que, aunque no se ha de llevar, ha de estar en regla

  • Impuesto de circulación. Se trata de una cantidad fija que hay que abonar al correspondiente ayuntamiento por ser propietario de una moto.
  • El recibo del seguro. Resulta obligatorio tener contratado un seguro a terceros para poder circular en moto.
    En este sentido, no hay obligatoriedad de llevar encima el recibo ya que, si lo solicitasen, los agentes de Tráfico pueden comprobar si este está pagado en su base de datos. La sanción por circular sin recibo puede ir desde los 600 hasta los 3000 euros, así como también la inmovilización del vehículo.

Formas de llevar la documentación

Puesto que no es obligatorio llevar encima los documentos originales, se puede optar por portar fotocopias. No obstante, las mismas han de estar compulsadas y cotejadas por una persona o entidad autorizada, resultando recomendable para ello acudir a una jefatura de policía o a un notario.

Asimismo, hay que recordar que llevar una foto de los documentos no es válido.
En este sentido, una buena opción es la utilización de la aplicación de la Dirección General de Tráfico denominada MiDGT.

Una vez la app cuenta con tus datos mostrará tu carnet de conducir, con todos tus permisos válidos y las motos y vehículos que tienes a tu nombre, su ficha técnica, validez de la ITV, permiso de circulación y la compañía de seguros que está asociada a tu vehículo.
Dicha aplicación, no será válida si se comparte la moto con otra persona (por ejemplo, tu pareja), por lo que, en esos casos, se deberá llevar la documentación original.

¿Si se viaja al extranjero?

Si viajas en moto al extranjero lo más recomendable es llevar la documentación original. Recuerda que, en el caso del seguro, algunos países que no pertenecen a la Unión Europea te pedirán la carta verde.

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