Deslumbramientos al volante. Todo lo que debes saber.

Con la temporada de verano, los deslumbramientos al volante provocados por el sol son un factor de riesgo a tener en cuenta.

Por ello, resulta muy importante saber qué gafas son las más recomendables para conducir, aquellas que, además de proteger tu vista, no pongan en riesgo tu seguridad.
En este sentido, la Dirección General de Tráfico (DGT) especifica que no todas las gafas de sol están permitidas, sino sólo aquellas que cumplen con una serie de requisitos y que ayudan a reducir la fatiga visual, el riesgo de deslumbramiento y la ceguera temporal.

De esta forma, según la DGT, las gafas que se han de utilizar son las que cuentan con un filtro solar 3 (filtran entre el 81% y el 91% de los rayos ultravioleta), no siendo recomendables las que tienen un filtro solar 4 que sólo son adecuadas para la nieve o la navegación.

¿Qué hacer para evitar deslumbramientos?

Los consejos que, desde la Dirección General de Tráfico, trasladan para evitar deslumbramientos son los siguientes:

  • Usar gafas de sol polarizadas con cristales de color verdoso, gris o marrón.
  • Con el sol de frente, se ha de parar unos minutos para que este cambie de posición y así evitar deslumbramientos.
  • En caso de deslumbramiento, se ha de mantener la trayectoria y disminuir la velocidad, nunca frenando de manera repentina.
  • Para evitar la fatiga visual provocada por el sol al conducir, se ha de reducir la velocidad y realizar paradas de forma periódica para descansar.
  • Si tu coche no cuenta con luces diurnas, enciende las de cruce de tu coche para aumentar tu visibilidad al tráfico de frente.
  • Utilizar el parasol únicamente en momentos puntuales ya que reduce el campo de visión.
  • Mantener limpios los cristales del coche, pues la suciedad reduce el campo de visión lo que aumenta la probabilidad de deslumbramiento.
  • No conducir con gafas de sol durante la noche, en zonas oscuras o en interior de túneles.

¿Dónde se indica qué elementos correctores visuales se han de llevar?

Esta información se encuentra reflejada en el carné de conducir, concretamente, en el dorso, junto a los vehículos que se tiene permitida su conducción, en el número 12.

En este sentido, los dígitos que determinan qué elementos está obligado a cumplir el conductor son los siguientes:

  • 01.01: Gafas
  • 01.02: Lente o lentes de contacto
  • 01.03: Cristal de protección
  • 01.04: Lente opaca
  • 01.05: Recubrimiento del ojo
  • 01.06: Gafas o lentes de contacto

De esta forma, según el artículo 3 del Reglamento General de Conductores, si un agente de tráfico nos pide el carné de conducir y no cumplimos con lo indicado en nuestro carné, podrá multarnos con 200 euros.

Si has adquirido un coche o una moto de segunda mano, con tal de evitar desagradables sorpresas, es imprescindible conocer su historial en Tráfico. Haz clic en el enlace y obtén de manera sencilla e instantánea el informe oficial de la DGT.