Si has cobrado una subvención para un coche eléctrico o híbrido enchufable, es fácil perderse entre casillas y plazos. Aquí vas a ver dónde se declara, cuándo te toca incluirla y qué importe aproximado tendrás que devolver a Hacienda. Te explicamos el uso de la casilla 0301 paso a paso y cómo encaja con la deducción estatal por comprar un vehículo “cero” o “eco”.

Dónde y cuándo declarar la ayuda del Plan MOVES III en la renta

La clave no está en el día que pediste la ayuda ni en la fecha de compra del coche. Lo que cuenta es el momento en que recibes el dinero. En ese año no se declara, sino en la renta del año siguiente, que es cuando te toca declarar la ayuda del Plan MOVES III correctamente.

La ubicación exacta dentro del borrador genera dudas. Para dejarlo claro, la casilla 0301 es el campo destinado a las ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, y ahí es donde debes incluir la subvención del MOVES III.

¿En qué año se incluye la subvención de MOVES III?

Inclúyela en la declaración del ejercicio posterior al cobro. Si te ingresaron la ayuda en 2024, te corresponde declarar la subvención del Plan MOVES III en la Renta 2025. Con todo, no importa cuándo compraste el coche, solo la fecha de percepción.

Casilla 0301: cómo rellenar la ayuda del Plan MOVES III paso a paso

  1. Accede al borrador en Renta WEB con tu certificado, Cl@ve o referencia.
  2. Ve al apartado de “Ganancias y pérdidas patrimoniales” y localiza la casilla 0301.
  3. Escribe en “Descripción”: Subvención Plan MOVES III.
  4. Introduce la cantidad cobrada y la fecha de percepción exacta.
  5. Guarda y comprueba que la base imponible general se actualiza en el cálculo final.

Si ves que el borrador no ajusta la base, revisa que la ayuda no esté duplicada en otro apartado. Si sigues con dudas, consulta el Manual práctico de la Renta disponible en la web de la Agencia Tributaria.

¿Tributa el Plan MOVES III? Tipos aplicables y ejemplo real

Sí. La ayuda del MOVES III tributa como ganancia patrimonial no exenta integrada en la base imponible general del IRPF. Eso significa que Hacienda te va a reclamar una parte del importe, en función de tu nivel de renta y de la cuantía subvencionada.

Con todo, el porcentaje efectivo no es único para todos. Depende de los tramos del IRPF 2025 que te correspondan según tu base general.

Tramos del IRPF 2025 que afectan a la ayuda

Base imponible general Tipo aplicable
Hasta 12.450 € 19%
Hasta 20.200 € 24%
Hasta 35.200 € 30%
Hasta 60.000 € 37%
Hasta 300.000 € 45%
Más de 300.000 € 47%

Recuerda que estos tipos se aplican por tramos. La ayuda se suma a tu base general, y el programa calcula el efecto total en el resultado de tu renta.

Cálculo orientativo de lo que devolverás a Hacienda

Imagina que ingresas 18.000 € brutos al año y cobras 5.000 € de ayuda. Te tocaría el 24%, por lo que vas a devolver 1.200 € aproximadamente. Con todo, si tus ingresos o la subvención cambian, el tipo efectivo puede ser distinto.

¿Estoy obligado a presentar la declaración si cobré el Plan MOVES III?

Por norma general, no presentas IRPF si tus rendimientos del trabajo no superan 22.000 € con un único pagador. Ese límite baja a 15.876 € si tuviste varios pagadores durante el año.

En cualquier caso, si has cobrado la subvención, te toca declarar la ayuda del Plan MOVES III. Aunque no superes los mínimos de obligado a declarar, debes incluir la subvención en la renta.

Límites de ingresos con uno o varios pagadores

Con un único pagador, el umbral es 22.000 €. Con varios, el límite inferior de 15.876 € aplica si el segundo y posteriores pagadores te han abonado más de una pequeña cuantía. La ayuda del MOVES III te obliga a consignarla igualmente.

Qué ocurre si no llegas al mínimo pero cobraste la subvención

Vas a poder presentar la declaración para incluir la ayuda en la casilla 0301. El programa recalculará tu base y, si procede, el resultado saldrá a pagar por la tributación de esa ganancia patrimonial no exenta.

Deducción estatal por comprar coche eléctrico o PHEV: cómo combinarla con MOVES III

Puedes aplicar la deducción estatal del 15% sobre el valor de adquisición del vehículo eléctrico o híbrido enchufable, con un tope de 3.000 €. La base máxima de deducción es 20.000 €, por lo que ese es el límite sobre el que se calcula el 15%.

Si tu coche costó 30.000 €, el 15% serían 4.500 €, pero solo vas a poder desgravar 3.000 € como máximo. Revisa tus datos en el borrador para confirmar que la deducción se aplica correctamente.

Límite del 15% y tope de 3.000 euros en la renta

Recuerda las dos piezas: porcentaje y tope. Se calcula el 15% del precio de compra y, si excede el máximo, se limita a 3.000 €. Con todo, la compatibilidad con otras ayudas está sujeta a las reglas del IRPF, por eso conviene revisar los apartados de deducciones.

Dónde encontrar las instrucciones oficiales de la Agencia Tributaria

La AEAT publica instrucciones detalladas para incluir la deducción por vehículo eléctrico y la casilla 0301 en su web. Puedes apoyarte en el Manual práctico de la Renta y en las guías del servicio web para completar cada campo con seguridad dentro de agenciatributaria.es.

Consejos prácticos si vas a comprar un eléctrico y quieres simplificar la renta

Guarda la resolución de la ayuda y el justificante del cobro. Luego, prepara la factura de compra, ya que la deducción del 15% se calcula con ese importe. Si el coche es de segunda mano, puedes hacer la transferencia del vehículo online fácilmente.

Revisa siempre que el borrador refleje: la Subvención Plan MOVES III en la casilla 0301, la fecha de percepción, y la deducción del 15% con su tope. Si algo no cuadra, corrige el borrador y guarda los cambios para que la base imponible general se ajuste bien.

En resumen práctico: para declarar la ayuda del Plan MOVES III entra en tu borrador, localiza la casilla 0301, indica “Subvención Plan MOVES III”, pon importe y fecha, y confirma que la base imponible general se actualiza. Ten presentes los tramos del IRPF 2025 y aplica la deducción del 15% con tope de 3.000 € cuando proceda, porque así ajustas tu resultado y evitas sorpresas con Hacienda.