¿Cómo actuar si otro conductor se da a la fuga en un accidente?

Desgraciadamente, un conductor nunca estará exento de la posibilidad de tener un accidente, ya sea por las condiciones meteorológicas, de la carretera, o por su propio fallo o el de otro conductor. Siempre es imprescindible tener en cuenta una conducción preventiva para evitar cualquier adversidad, pero puede ser que la culpa no sea tuya o del conductor.

Si te has visto envuelto en un accidente, será tu aseguradora, salvo excepciones, quién cubra los daños; por el contrario, si ha sido otro vehículo el causante del infortunio, será su aseguradora la que cubra los gastos. Sin embargo, muchos conductores deciden darse a la fuga sin asumir la responsabilidad que les confiere, sin saber que este acto puede ocasionarle consecuencias negativas; y es que aunque se vea tentado, esto solo agravará el desenlace.

En muchos accidentes podremos evitar la muerte o las graves secuelas si atendemos al herido y este recibe una atención sanitaria temprana, por lo que el hecho de que algunos conductores huyan una vez sucedido el siniestro resulta más que lamentable. Independientemente del lado ético y moral, darse a la fuga se trata de un delito grave recogido en el Código Penal.

 

ALGUNOS ASPECTOS PREVIOS A TENER EN CUENTA

Si es posible, debemos intentar que el otro vehículo culpable no se dé a la fuga, para ello aprovecharemos la confusión del siniestro. En caso de resultar inevitable la huida del otro, trata de recabar cualquier dato que pueda ayudar a su identificación, como fotografías del modelo de vehículo o matrícula, aunque sea memorizarlos.

Si no has podido identificar al responsable, siempre son de ayuda las declaraciones de testigos presenciales del accidente; así como pruebas que refuercen tu declaración, como la cámara de seguridad de un cajero o aparcamiento.

Al darse a la fuga el responsable, deberemos tomar medidas legales contra él, por lo que si decidimos denunciarle, su identificación y contar con pruebas suficientes serán muy importantes.

 

A QUIÉN RECLAMAR: CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS O  ASEGURADORA DEL CULPABLE

  • CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS

Si demostramos que el culpable ha sido un tercero, pero no conseguimos identificarlo, acudiremos al consorcio de compensación de seguros, quién será bastante riguroso con la documentación. Al acudir al consorcio no podrás reclamar ningún daño material. Puedes hacerlo a través de un abogado, la compañía de seguros o bien tú mismo.

 

  • ASEGURADORA DEL CULPABLE

Acudiremos a la asegurado del conductor dado a la fuga, ya que será esta la que responda por los daños ocasionados por él. Deberás haber demostrado que la responsabilidad del accidente recae sobre un tercero, demostrando mediante pruebas la identificación del mismo. En este caso sí que podrás reclamar los daños materiales.

 

CONSECUENCIAS LEGALES PARA EL CONDUCTOR DADO A LA FUGA

El artículo 195 del Código Penal considera que podrá ser acusado por omisión del deber de socorro el que pone en peligro a alguien y puede ayudarle, sin poner en peligro su propia vida, y no lo hace.

La pena por cometer este delito puede ser de 6 a 18 meses en prisión, ascendiendo a los 4 años de cárcel si ha sido consecuencia de una imprudencia o se ha consumido alguna sustancia.